martes, 11 de mayo de 2010

titulo 6 constitucion politica de colombia

Titulo 6

DE LA COMPOSICIÓN Y LAS FUNCIONES: Contiene 137 Articulos 132 -137; en el articulo 132 nos hala de lago muy importante que Los senadores y los representantes serán elegidos para un período de cuatro años, que se inicia el 20 de julio siguiente a la elección. En el Artculo 135, nos habla de las Funciones de los representantes de la CÁMARA,

Este CAPITULO termina con el Articulo 137 donde declara que ... Cualquier comisión permanente podrá emplazar a toda persona natural o jurídica, para que en sesión especial rinda declaraciones orales o escritas, que podrán exigirse bajo juramento, sobre hechos relacionados directamente con las indagaciones que la comisión adelante.

DE LA REUNIÓN Y FUNCIONAMIENTO: Compuesto por Articulos 138-149.

En estos Articulos nos hablan de algunas funciones que tienes los integrantes de Senado,

DE LAS LEYES: Compuesto por los Articulos 150-170.

Empieza diciendo que el Congreso es al que le corresponde hacer las leyes, y por medio de ellas ejercen ciertas funciones. Y en el Articulo 157 dice algo muy importante:

Art. 169. El título de las leyes deberá corresponder precisamente a su contenido, y a su texto precederá esta fórmula:
"El Congreso de Colombia, Decreta"

DEL SENADO: Compuesto por los Articulos 171 - 175. En ese capitulo habla esplícitamente de las funciones del SENADO.

DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES. Compuesto por los Articulos 176-178. Y empieza así... Art. 176. La Cámara de Representantes se elegirá en circunscripciones territoriales y en circunscripciones especiales. y sigue diciendo como elegir a los representantes de la CÁMARA.

DE LOS CONGRESISTAS. Compuesto por los Articulos 178 -187. Aqui nos nombran por que y que no podran hacer los CONGRESISITAS.

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